A partir de la expedición de la Ley 1968 de 2019, no se podrá otorgar concesiones, licencias o permisos, ni prórrogas, para explotar y explorar el asbesto en Colombia.
Para los permisos que se encuentren vigentes deberán iniciar con el proceso de desmantelamiento y abandono, a más tardar el 1 de enero de 2021.